Tras varios intentos, y luego de disipar las dudas jurídicas de su antecesora, Héctor Javier Osorio Botello se posesionó como representante a la Cámara por el Huila. El exalcalde de Neiva asume la curul que le fue quitada a Ana María Rincón.
El acto de posesión de Osorio Botello ante el presidente de la Cámara de Representantes, se dio este miércoles. El nuevo congresista estuvo acompañado por dirigentes de la región, entre ellos el electo alcalde Pitalito, Miguel Rico Rincón.
Osorio Botello asume, luego que el Consejo de Estado anulara la elección de Ana María Rincón Herrera tras demostrara que ella estaba inhabilitada para aspirar.
La demanda
La Sección Quinta de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Ana María Rincón herrera como representante a la Cámara por el departamento del Huila, periodo 2014-2018. En fallo proferido el 3 de agosto, el alto tribunal dio razón a los argumentos planteados por el demandante Iván Ninco, quien desde un inicio denunció que Rincón Herrera estaba inhabilitada para aspirar a las elecciones.
De acuerdo con los fundamentos de la demanda, Ana María estaba inhabilitada al momento de asumir la candidatura. Y todo, según el demandante, por haber suscrito contratos con la Alcaldíade Neiva, Aguas del Huila y el Fondo Mixto de Cultura, durante los 6 meses previos a su elección como representante a la Cámara.
De esta forma habría incurrido en la causal de inhabilidad que establece, que si la persona ha “intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas o ha celebrado contratos con las mismas en interés propio o el de terceros dentro de los seis meses anteriores a la fecha de elección”, no puede participar de un proceso eleccionario.
Cabe recordar que Rincón Herrera, asumió la candidatura a la Cámara de Representantes en el mes de enero, tras la muerte de su hijo Sergio Younes Rincón en un accidente automovilístico el 25 de ese mes, cuando aspiraba llegar al Congreso.
Fallo
El fallo del Consejo de Estado se da 14 meses después de haber sido interpuesta la demanda por parte de Iván Medina Ninco. En la decisión resuelve:
PRIMERO: DECLÁRASE la nulidad de la elección de la doctora ANA MARÍA RINCÓN HERRERA como Representante a la Cámara, por el Departamento del Huila, período 2014 – 2018.
SEGUNDO: En consecuencia, CANCÉLESE la credencial de Congresista, la cual se hará efectiva a la ejecutoria de esta sentencia (num. 3 art. 275 CPACA).
TERCERO: COMUNÍQUESE la decisión al Consejo Nacional Electoral para que expida la certificación de que trata el artículo 278 de la ley 5ª de 1992.
CUARTO: COMUNÍQUESE al Presidente de la Cámara de Representantes, para que proceda de conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política, 43.9 y 278 de la Ley 5ª de 1992.