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Conozca quienes están exentos del toque de queda en Neiva

La medida dispuesta en el artículo no afectara a las siguientes personas que acrediten y estén prestando sus servicios o que requieran desplazarse a sus casas al terminar la jornada laboral o desplazarse a sus lugares de trabajo entre otros.

Miembros de la fuerza Pública, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo, Cuerpo oficial de Bomberos, Organismos de Socorro, Fiscalía General de la Nación, CTI, personal médico y asistencial, personas de vigilancia privada.

Así mismo vehículos de emergencia médica y atención domiciliaria de pacientes en donde debe contar con la identificación de la institución prestadora del servicio, vehículos de servicios públicos, toda persona que requiera atención de un servicio de salud.

También quedan exentas las personas que prestan servicios domiciliarios en los diferentes sectores de la economía, vehículos y personal adscrito a las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, personal sanitario, ambulancias, vehículos de atención pre hospitalaria, vehículos oficiales, personal operativo y administrativo de aeropuertos y terminal de transporte, viajeros que tengan salida o Ilegada programada para lo cual deberán acreditarlo mediante los tiquetes, transporte de alimentos, víveres y medicamentos, periodistas, personal de las estaciones de servicio y lavaderos, transporte de hidrocarburos y de personal vinculado a este sector.

Para que estas personas puedan circular y cumplir con sus funciones durante el horario de toque de queda que inicia desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m, deberán estar debidamente identificados, presentar carnet y certificación que los acredite como funcionarios de las empresas y entidades en los cuales estén vinculados estableciendo los horarios y funciones.

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