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En Colombia sancionan ley que elimina exigencia de SOAT y licencia para bicicletas y patinetas eléctricas

En el país fue sancionada una nueva ley que modifica las condiciones de circulación para vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana. La norma establece que bicicletas, patinetas eléctricas, ciclomotores y otros vehículos de este tipo no estarán obligados a portar SOAT, licencia de conducción ni matrícula para movilizarse por las vías nacionales.

De acuerdo con lo dispuesto, estos vehículos deberán cumplir con ciertas características técnicas:

Una potencia nominal que no supere los 1.000 vatios. Un peso máximo de 60 kilogramos, incluyendo la batería. En caso de superar los 60 kg, no podrán alcanzar velocidades mayores a 40 km/h.

La medida fue recibida con expectativa por parte de usuarios y conductores de estos medios de transporte, pues facilita la movilidad y reduce los costos asociados a trámites de tránsito. No obstante, expertos en seguridad vial advierten que es necesario fortalecer las campañas de cultura ciudadana para garantizar un uso responsable de estas alternativas de transporte.

Con esta decisión, Colombia se suma a la tendencia internacional de promover medios de movilidad sostenible y accesible en las ciudades.

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