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Estos son los requisitos para conducir una moto eléctrica en Colombia en 2026

Las motos eléctricas se han convertido en una alternativa cada vez más común en las calles de Colombia. Estos vehículos, que funcionan con baterías recargables en lugar de combustible, han ganado popularidad por ser silenciosos, económicos y más amigables con el medio ambiente.

Sin embargo, aunque muchas personas creen que pueden usarse sin mayores requisitos, en el país existen normas claras que regulan su circulación. Para 2026, la legislación establece condiciones técnicas y documentales que los conductores deben cumplir para garantizar la seguridad vial y evitar sanciones.

Uno de los requisitos principales es contar con licencia de conducción categoría A1, documento que habilita a las personas para manejar motos, ciclomotores, tricimotos y cuadriciclos eléctricos. Esta licencia certifica que el conductor tiene los conocimientos y habilidades necesarios para circular de manera segura en las vías.

Para obtenerla, la persona debe ser mayor de 16 años y aprobar el proceso correspondiente en un centro de enseñanza automovilística autorizado.

Además, la Ley 2486 de 2025 introdujo nuevas definiciones sobre los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana. Según la norma, estos vehículos son impulsados por un motor eléctrico diseñado para uso individual en ciudades y su potencia nominal no puede superar los 1.000 vatios (W).

En cuanto al registro, la Resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte establece que algunas motos eléctricas pueden estar exentas de matrícula dependiendo de su fecha de comercialización.

Por ejemplo, los modelos vendidos antes del 2 de febrero de 2017, o aquellos comercializados entre el 23 de agosto de 2018 y el 23 de abril de 2020, no están obligados a tener matrícula. No obstante, los vehículos vendidos después de estas fechas sí deben contar con este registro para evitar sanciones.

Sobre la circulación, la normativa es clara: las motos eléctricas deben transitar por la calzada, es decir, por el espacio destinado para vehículos dentro de la vía. Esto significa que no pueden circular por andenes, aceras ni ciclorrutas.

El incumplimiento de estas reglas puede derivar en multas e incluso en la inmovilización del vehículo por parte de las autoridades de tránsito.

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