Mediante fallo judicial emanado por Hernando Quintero magistrado de la Sala Cuarta de decisión penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva se declaró improcedente el desacato de tutela contra la alcaldía del municipio de Campoalegre y la Empresa de Servicios Públicos Emac.
Según el fallo la acción de cumplimiento que obliga al municipio de Campoalegre y la empresa de servicios públicos adoptar las medidas necesarias para suministrar de agua potable a los habitantes de este sector “ya sea por medio de la implementación de una nueva red de acueductos en beneficio de ésta población o la implementación de un empalme de agua con la red de acueductos que presta el servicio al Municipio de Campoalegre”, no ha sido desacatada por los entes territoriales ya que obedeciendo a a ésta decisión la alcaldía y la EMAC “han realizado todas las gestiones administrativas respectivas para cumplir” éstas han avanzado en estudios técnicos y de viabilidad para conectar a la red de agua municipal, además las familias reciben provisionalmente suministro de agua en carrotanque y vehículo de bomberos.
En el documento se resalta que los entes territoriales en respuesta a la reclamación de incumplimiento exponen que a las familias del sector de Potosí no se les ha logrado conectar a la red de distribución y conducción que hacen parte del acueducto que suministra agua potable al casco urbano, ya que de acuerdo a estudios y diseños realizados, no tiene la capacidad técnica y disponibilidad para realizar una red de ampliación, esto igualmente sustentado en un plano topográfico realizado por Aguas del Huila donde se concluyó que este proceso generará un “alto riesgo de perjudicar a la población del casco urbano, beneficiada actualmente con el suministro de agua potable , por una baja drástica del caudal” .
Amén de lo anterior la administración municipal y la empresa de servicios públicos de Campoalegre EMAC S.A E.S.P con el apoyo de la Gobernación analizan otra opción que de solución de agua potable a los habitantes de Potosí en un tiempo razonable y técnicamente posible.