La JEP resuelve: “Revocar la amnistía de iure otorgada al señor Domingo Ramos, por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva, Huila, respecto de la conducta de delito de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos, por la que fue condenado”.
El acto de retornar de manera voluntaria a las armas, atenta contra la garantía de no repetición y deshonra los compromisos de dejación de armas y de no volver a delinquir.
El haber hecho parte del proceso de paz firmado entre la ex tintas Farc y el Gobierno de Juan Manuel Santos, y luego decidir abandonar el proceso para integrarse a un grupo disidente de la extinta columna móvil Teófilo Forero, hizo que la JEP resolviera expulsar a Domingo Ramos de la Jurisdicción.
De acuerdo al prontuario de este delincuente, fue el segundo al mando de las disidencias en el municipio de Algeciras, Huila, y condenado en 2021 a 17 años de prisión por asesinato, desplazamiento y amenazas.
Se indicó que este grupo criminal, del cual hacía parte, delinquía desde el año 2017 y, entre otras cosas, cometían delitos en contra de los excombatientes y líderes sociales.
Explica la JEP que: “Abandonó el proceso de paz con el fin de alzarse nuevamente en armas para formar parte de grupos delictivos organizados. El acto de retornar de manera voluntaria e inequívoca a actividades delictivas con grupos disidentes, atenta ostensiblemente contra la garantía de no repetición y, particularmente, deshonra los compromisos de dejación de armas y de no volver a delinquir”.
También hay que decir que la JEP le quitó todos los beneficios a los cuales había tenido acceso al someterse a esta jurisdicción como la amnistía.