El abogado Jesús Antonio Marín, apoderado de Armando Ariza Quintero, exdirector de Comfamiliar del Huila, presentó en las últimas horas dos nulidades con las que pretende reversar el fallo condenatorio emitido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Neiva, que condenó a su cliente como responsable de los delitos de estafa agravada y fraude procesal. Para Marín la jueza desconoció las pruebas aportadas, así como los dictámenes oficiales que confirman la inocencia.
Para el abogado de la defensa está plenamente probado que no se perdió ni un solo peso, que los dineros del recobro por medicamentos jamás entraron a las cuentas personales de Ariza Quintero y que el medicamento materia de la disputa sí es susceptible de recobro.
El caso se relaciona con el recobro de un medicamento ‘No Pos’ para pacientes diagnosticados con hemofilia, el que según la Fiscalía se cobró de manera ilícita, afectando las finanzas de las secretarías de Salud de los departamentos de Boyacá y Huila.
“La jueza dice que se afectaron los dineros que corresponden a la salud de los pobres y que el doctor Armando Ariza se apropió de unos dineros de la salud, ilícito que habría perpetrado con otras personas cercanas o de confianza que laboraban en Comfamiliar EPS, lo cual no es cierto. Respeto mucho a la jueza, pero eso no es verdad”, asegura el abogado Jesús Antonio Marín.
El reconocido abogado huilense asegura que en poder de la Jueza están las certificaciones de las secretarias de Salud de los departamentos de Boyacá y Huila, donde se confirma que devolvió todo el dinero correspondiente a los recobros del medicamento “Fandhi factor VIII (FVIII) enriquecido con Von Willibrand (FVW), incluso con intereses, pagos que además fueron certificados por el Ministerio de Salud.
“Como vemos en estas certificaciones ellos se consideran indemnizados de manera integral, tanto los departamentos de Boyacá y Huila como el Ministerio de Salud, de manera que hay un evidente error judicial en el anuncio del sentido del fallo, cuando la Jueza dice, en audiencia pública y a todo Colombia, que el valor de esos recobros se los apropió el doctor Armando Ariza. Se trata de un pronunciamiento inexacto y lo peor es que la prueba escrita (la misma que pone de presente) está en poder de la jueza, con lo que se confirma que no hay delito, ni de estafa ni peculado”, indica el jurista.
Adicional al comprobado reintegro de los recursos (está certificado en documentos), asegura Marín que no existe ninguna prueba que confirme que los recursos ingresaron a las cuentas personales de Ariza Quintero.
“La verdad es que no existe ninguna evidencia que pueda robustecer el hecho de que el doctor Armando Ariza se apropió de los recursos, todo lo contrario, en el proceso se comprobó que los dineros cobrados, utilizando legalmente el procedimiento de los recobros, se adelantó cumpliendo los protocolos del caso, donde es necesario adelantar unos 35 pasos y donde intervienen ocho funcionarios de Comfamiliar y nunca en forma directa Armando Ariza. Está comprobado que las personas facultadas para hacer esos recobros eran el señor César Roa y el contador de Comfamiliar por el poder otorgado debido a sus cargos. Es más, pudimos comprobar en desarrollo del proceso que esos dineros ni siquiera ingresaron de forma a directa a Comfamiliar, sino que fueron distribuidos entre las IPS o ESES públicas a las cuales la EPS Comfamiliar les debía”, aclara Marín al destacar que “… esos miles de millones de pesos que relaciona la señora juez como faltantes, jamás ingresaron, ni al patrimonio del doctor Armando Ariza ni al patrimonio de Comfamiliar, confirmando sí, que cuando las secretarias de Salud de Boyacá y Huila solicitan que los reintegren, Comfamiliar los transfiere de sus recursos propios, sin que mediaran dineros del Estado. Lamentablemente esto no lo tuvo en cuenta la señora juez, pero estoy seguro de que eso se corregirá”, indica.
“El recobro fue legal”
La investigación contra Ariza Quintero nace por la denuncia de un supuesto” recobro ilegal” a las secretarías de Salud de Boyacá y Huila de un medicamento que “no existía en el mercado”. Para el abogado de la defensa el medicamento sí existió y la confusión se da por no estar escrito en el rótulo el compuesto (molécula) que lo convertía en No Pos.
“Dice la jueza que el medicamento ‘Fandhi factor VIII antihemofílico de 500 miligramos”, no existía en el mercado como recobrable. Tenemos en nuestro poder y lo aportamos al proceso, la resolución del INVIMA 2017046813 de fecha 2 de noviembre de 2017, que modificó la Resolución 2007008136 del 24 de abril de 2007, en la que INVIMA reconoce que, a través de un procedimiento que hizo la Sala de Medicamentos, se llega a la convicción plena y a la demostración fehaciente que el medicamento ‘Fandhi’ siempre ha tenido la molécula ‘Von Willibrand (FVW)’, por lo tanto, siempre ha sido recobrable”, aclara el abogado Jesús Antonio Marín, quien agrega que en el año 2011 el doctor Robert Francisco Vega Cuéllar le consultó a la Comisión de Regulación en Salud, CRES, -organismo idóneo que puede determinar si éste es POS o no POS- si este medicamento tenía el factor ‘Von Willibrand (FVW)’, obteniendo respuesta positiva desde el año 2011 (el mismo año de los hechos que se investigaron). “Como vemos en forma comprobada, hay una inexactitud gravísima en el fallo, desconociendo de manera deliberada las pruebas que la defensa le presentó”, destaca.
La revocatoria de la libertad
En el sentido de fallo anunciado el pasado jueves por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Neiva, se destaca que este será condenatorio y que la libertad condicional que hoy tiene Ariza Quintero será revocada, es decir que será remitido a un centro carcelario para que cumpla la condena.
“La verdad es que sorprende mucho la orden de captura que libra la jueza, al considerar que no es necesaria, es más, la jueza no motivó la necesidad, la ponderación que se requiere para afectar la libertad de una persona, de tal forma que nosotros estamos dispuestos a cumplir en su momento oportuno la decisión, aspirando que una vez dicte oficialmente la sentencia condenatoria, apelaremos el fallo y buscaremos, de ser posible, la libertad que merece el doctor Ariza”, indica Jesús Antonio Marín, apoderado de Armando Ariza Quintero.
Las nulidades plantadas por la defensa
Una vez conocido el sentido de fallo, adverso a los intereses de Ariza Quintero, el abogado Jesús Antonio Marín interpuso dos nulidades, con las que busca reversar la condena y buscar la libertad de su defendido. Para Marín la jueza violó los términos procesales.
“Presenté dos peticiones de nulidad, una de éstas porque vamos a tener en Colombia el juzgado que ocupa el primer lugar en violar los términos procesales para emitir un sentido de fallo. La jueza debió emitir el sentido de fallo el 28 de agosto de 2020, justo el día que terminamos los alegatos. La ley otorga hasta dos horas más para dictar el sentido del fallo y ella se demoró siete meses, más o menos 4.700 horas, cuando sólo tenía dos, violando flagrantemente la constitución y la ley”, indica Marín.
El próximo 15 de abril se conocerá la sentencia completa.