Colombia endureció las normas para el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos. A partir de la aplicación de la Ley 2354 de 2024, estos dispositivos quedaron sujetos a restricciones similares a las del cigarrillo convencional, por lo que ya no pueden utilizarse libremente en numerosos espacios públicos y privados de acceso común.
Entre los lugares donde está prohibido vapear se encuentran instituciones educativas, hospitales y clínicas, oficinas públicas, escenarios deportivos, estaciones de transporte masivo, restaurantes y otros espacios cerrados de acceso público. La medida busca proteger a la población de la exposición involuntaria a aerosoles y sustancias derivadas de estos dispositivos.
Las autoridades advirtieron que quienes incumplan la normativa podrían enfrentar sanciones económicas que alcanzarían los 759.200 pesos, según las disposiciones contempladas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
La regulación también impone mayores controles sobre la venta, promoción y publicidad de vapeadores, especialmente para evitar que estos productos lleguen a menores de edad. Además, los fabricantes y comercializadores deben cumplir nuevas exigencias de etiquetado y advertencias sanitarias.
El debate continúa en torno a los efectos de estos dispositivos sobre la salud. Mientras algunos sectores los presentan como una alternativa al cigarrillo tradicional, las autoridades sanitarias mantienen una postura preventiva y advierten sobre posibles riesgos asociados a la nicotina y otras sustancias presentes en los aerosoles inhalados.