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Opinion

Opinión de Mario Benedicto Parra: No Cantes Victoria Antes De Tiempo

Opinión de Mario Benedicto Parra: No Cantes Victoria Antes De Tiempo – En abril de 2017, este periódico informaba que la justicia había fallado a favor del municipio de Campoalegre y de la Personería Municipal, el proceso judicial presentado por la señora María del Carmen Vega Ruíz, dándole la razón al personero ante la imposibilidad jurídica de reintegrar a la demandante y de paso, se salvaban más de 200 millones de pesos que pertenecían a los campoalegrunos.

Esto en su momento fue verdad, pero en reciente fallo del 28 de febrero de 2018, el Tribunal Administrativo del Huila revocó la decisión del juez administrativo y dejó prácticamente las cosas como estaban en el fallo de 2014, mediante el cual se declaró la nulidad y el restablecimiento del derecho a favor de la demandante. Lo anterior quiere decir que a la señora Vega Ruíz hay que reintegrarla sin más vueltas de hoja y como el tiempo transcurre, la condena económica, antes por el contrario, se hará más gravosa para las arcas del municipio.

Pues bien, existe una frase muy interesante que dice: “No cantes victoria antes de tiempo”, que significa que es conveniente estar seguros de haber conseguido el triunfo antes de difundirlo.

El personero difundió una victoria pasajera y le colgaron las medallas del triunfo sin haber ganado el pleito. Pusieron de manifiesto un triunfo que a lo único que condujo fue a un mayor detrimento patrimonial del municipio. En todo caso, no se puede enjuiciar de forma definitiva algo que no haya concluido y en adelante habrá que tenerse más cuidado con la información que se da a los medios de comunicación, porque se pueden dar falsas esperanzas que harán quedar mal a quien las divulga.

El personero antes que ganar, debió comprender que dentro de sus funciones está defender al pueblo y en ese sentido, debió estar más del lado de la víctima que de las irregularidades que se cometieron en la época del despido que provocó en injusto.

Después de 13 años de un infructuoso litigio, lo que se pone de manifiesto es la improvisación y el desconocimiento del alcalde, los concejales y el personero de la época que no tuvieron en cuenta una sola razón: “la naturaleza jurídica de las personerías”. El alcalde, porque invadió la competencia del personero al suprimir un empleo que no estaba bajo su dependencia, los concejales, porque le otorgaron facultades al alcalde para meter las manos en la personería y el personero, porque se dejó meter un gol del alcalde y omitió ejercer las facultades que le otorgaba la ley en relación con los empleos de su dependencia.

Los pleitos judiciales son como el juego del ajedrez, ¿puede alguien afirmar que ha ganado una partida sin perder siquiera un peón?  Me despido con este pensamiento de Simón Bolívar: “El arte de vencer se aprende en las derrotas” ¡Hasta pronto!

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