La Gobernación del Huila por medio del decreto 435 se permite comunicar las disposiciones para garantizar la convivencia y seguridad ciudadana durante el año 2022 y año nuevo 2023, se prohíbe la venta ambulante, estacionaria o informal de pólvora, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos en espacios públicos o sitios que siendo privados trasciendan a lo público, menores de edad o adultos.
Las personas naturales o jurídicas que cuenten con licencia de funcionamiento, transporte y comercialización de pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales requerirán de autorización oficial que expedirá el respectivo ente territorial municipal para la manipulación y utilización en espacios públicos y de carácter recreativos-visual.
Sanciones
Según lo establecido con el decreto los adultos que utilicen o induzcan a menores de edad a manipular y comercializar artículos pirotécnicos y fuegos artificiales, serán sancionados por la Policía Nacional de acuerdo en lo dispuesto en la Ley 1801 DE 2016.
Prohibición de porte de armas
Se prohíbe el porte de armas neumáticas, de aire, fogueo, letalidad reducida o sprays, rociadores, aspersores o aerosoles de pimienta o cualquier elemento que se asimile a armas de fuego. Igualmente, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas.