No hay desacato judicial contra el municipio de Campoalegre y Emac, indicó el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva tras tutela presentada por el Diputado Orlando Ibagon, el togado le dio la razón a la defensa que presentó la Empresa De Servicios Públicos de Campoalegre tras la acción jurídica del demandante.
El fallo judicial amonesta a los habitantes de esta zona rural de Campoalegre a permitir que el municipio y la Empresa De Servicios Públicos EMAC ejecute el proyecto que dará solución de agua potable para las familias de este sector.
Así mismo, para la justicia queda demostrado después de estudios técnicos es imposible conectar las viviendas de Potosi con agua de la red domiciliaria del casco urbano de Campoalegre, primero porque las presiones de agua no dan y segundo porque ponen en riesgo el abastecimiento de agua para los habitantes del pueblo.
“En el presente caso, es evidente que no existe razón legítima para afirmar que las accionadas han incurrido en desacato, aun cuando se ha incumplido la orden en el plazo dispuesto en el fallo, pues se descarta de plano que obedeciera a negligencia o dolo de las personas que deben cumplir. Es en realidad la negligencia de los accionantes la que ha imposibilitado la ejecución de las obras contratadas que llevarían a el cumplimiento de la orden dada en el fallo de tutela que no es otra que “garantizar el suministro de agua potable, salubre y de calidad a la población de la vereda Potosí”.
La garantía en el suministro de agua potable para la vereda Potosí del municipio de Campoalegre puede darse a través de la red de acueducto existente o por medio del uso y adecuación potabilización del agua que se extrae de los pozos profundo aludidos, más no es potestad de los accionantes, elegir a cuál red deben ser anexados, pues es la administración municipal y la EMAC S.A. E.S.P, quienes luego de los respectivos estudios de presión, caudal, potabilidad, cobertura y presupuestales eligen cuál red es la más viable pues siempre primará el interés general, esto es, el grueso de usuarios de la red de acueducto del municipio sobre el de una minoría la que por capricho impide se le garantice también el servicio o el acceso al preciado líquido.” Así reza el fallo judicial en uno de sus apartes.
La gerente de la Emac en Campoalegre indicó que no es capricho de la empresa el no conectar estas familias con la red de distribución de agua del casco urbano, es simplemente un concepto técnico “Si hoy tenemos graves problemas por las presiones de agua en la red, hay barrios donde no llega agua y para ello trabajamos arduamente con la modernización de válvulas y elementos obsoletos que aun tiene nuestro acueducto, por eso no es viable conectar a la comunidad de Potosí con agua de la red principal, ahora bien ya tenemos los recursos asegurados y el proyecto listo para ejecutarlo, solo falta que la comunidad acepte tener agua potable que cumple con todos los parámetros en salud que exige la norma” indicó Carolina Romero.
Tras este fallo judicial la Defensoría del Pueblo en el departamento del Huila junto con la Personería de Campoalegre deben hacer seguimiento para que se cumpla a cabalidad los fallos judiciales y por fin la comunidad tenga el preciado líquido en su viviendas.